jueves, 23 de junio de 2011

Administracion Colonial



Desde España el máximo soberano de las colonias era el rey, la cabeza de una monarquía absoluta, bajo su mando habían dos formas administrativas: el Consejo de Indias y la Casa de Contratación. El Consejo de Indias era un organismo ubicado en Sevilla, creado en 1524. Su función era asesorar al rey en el nombramiento de funcionarios destinados a América y en la creación de leyes; vigilar la aplicación del derecho a patronato (derechos de la Iglesia Católica para el nombramiento de autoridades eclesiásticas y definir lugares para construir templos, monasterios, etc.) y realizar juicios de residencia (evaluación al terminar su mandato). La Casa de Contratación fue creada el año 1503 en Sevilla. Se encargaba supervisar el monopolio comercial que España tenía sobre Chile y sus otras colonias, además de vigilar la llegada de colonos a América.

En América el máximo representante del rey era el virrey, quien tenía atribuciones judiciales y administrativas. Bajo su mandato estaban gobernaciones y capitanías generales. La Capitanía General de Chile estaba bajo el Virreinato del Perú. El gobernador a cargo del Reino de Chile tenía funciones gubernativas, militares y económicas. Su deber era velar por la seguridad del territorio y ejercer el vicepatronado (ejercía el derecho a patronato en situaciones más cotidianas). También se encargaba de presidir la Real Audiencia, máximo tribunal de justicia en territorio chileno. Este organismo era el consejo asesor del gobernador, y podía ejercer su cargo momentáneamente si él moría o renunciaba. Además de él, participaban cuatro oidores, quienes se encargaban del cumplimiento de las leyes indígenas. Por la división del territorio en provincias, se necesitaba a alguien que se hiciera cargo de ellas: el corregidor, quien tendría las mismas atribuciones que el gobernador pero en un territorio más reducido. Y por último estaba el cabildo, grupo que representaba y defendía a los vecinos españoles. Su rol era preocuparse por el aseo y ornamento de la ciudad; de la salud pública e instrucción primaria y del abastecimiento de alimentos.

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